Todas las empresas registradas en la jurisdicción del Municipio de Panamá deben presentar cada año una Declaración Jurada de Ventas o Ingresos Brutos, la que determinará cuánto será el monto a tributar por cada mes del año anterior, así lo dispones el Acuerdo Municipal N° 40 de 2011 del Municipio de Panamá.
La norma establece que los contribuyentes están en la obligación de presentar esta documentación a más tardar el 30 de marzo y aplica para empresas naturales y jurídicas de todas las actividades industriales, comerciales o lucrativas de cualquier clase que se realicen en el distrito de Panamá.
Tabla de Montos de los Impuestos Municipales:
La municipalidad ha creado categorías para determinar los montos a tributar de acuerdo a los ingresos o ventas brutas de las empresas. En la siguiente tabla presentamos la descripción de las categorías y los montos mensuales. Considerando que la recaudación de impuestos en este año corresponde a los ingresos del año pasado, el impuesto mensual tendría que multiplicarse por cada uno de los meses del año anterior, es decir 12.
Este año 2015, el Municipio de Panamá ha anunciado un descuento del 10% sobre el monto de impuesto a pagar si la Declaración Jurada se efectúa hasta el 20 de enero, aunque el plazo se extiende hasta el 30 de marzo.
El contribuyente que no presente la Declaración Jurada al municipio dentro del plazo señalado tendrá que asumir una multa de quinientos balboas (B/. 500.00) y el cierre del establecimiento comercial hasta que se presente la correspondiente declaración.